Puedo tener mascotas en mi departamento
Mis vecinos se quejan de mis perros.
La Ley de Condominios de la Ciudad de México NO prohibe tener mascotas.
Por Carmen Orellana
Sí puedes tener mascotas en departamento. No hay ninguna ley en la Ciudad de México que te lo prohiba.
Si vives en la Ciudad de México y tienes perros, gatos u otros animales de compañía en tu departamento o condominio vertical u horizontal, nadie puede quitártelos siempre y cuando vivan en buenas condiciones. En este artículo te diré todo lo que he aprendido al respecto para que defiendas a tus animales de compañía de los vecinos que no los quieran.
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Por qué escribo este artículo
Soy activista por los derechos animales desde los 15 años y he trabajado con varias asociaciones animalistas en México y en otras partes del mundo en varios proyectos, dono a varias asociaciones y soy vegana.
No soy abogada, pero tuve que aprender todo lo que te comparto en este artículo para defender a nuestros bebés.
Después de muchos años en el mundo de la protección animal, sé que las leyes mexicanas que protegen a los animales han ido mejorando lentamente. También sé que, hasta en los casos en los que hay maltrato, es muy difícil lograr quitarle a una persona sus animales.
Sin embargo, cuando algunos de tus vecinos comienzan a atacarte por este motivo, uno puede asustarse. Créeme, tener miedo es lo peor que puedes hacer. El miedo te orilla a hacer tonterías como gritarles u ofenderlos cuando te confrontan o peor aún, decidir regalar a tus animales.
Todo lo que está en este artículo es válido para la Ciudad de México. Si vives en cualquier otro estado de la República Mexicana, tendrás que consultar con las leyes estatales de bienestar animal (algunos estados tienen y otros no) y, si las hay, con las leyes relacionadas a la vida en condominio. También será muy útil que consultes con uno o más abogados para que te orienten mejor. Si tu abogado te asusta o minimiza tu situación, no te quedes solo con una opinión y consulta a alguien más. Si varios te dicen lo mismo, entonces tendrás que considerarlo.
Si tienes problemas con tus vecinos y NO vives en la Ciudad de México, la falta de leyes también te beneficia de alguna manera. Mientras no haya una ley que te prohiba tener animales en la casa o departamento, todo queda a la interpretación de cada uno.
Si eres abogado y deseas ayudar en temas de protección animal o ser contratado por personas que tienen este tipo de problemas, puedes tener tus datos de contacto en esta página. Escríbeme para conocer los requisitos contacto@mascotasendepartamento.com
Debido a su amplitud lo he dividido en tres partes:
Parte 1: ¿Puedo tener mascotas en mi departamento? (es el artículo que estás leyendo)
Parte 2: Ley de Propiedad en Condominio y Mascotas.
Parte 3: Cómo hacer un Reglamento de Condominio Pet Friendly
Si deseas las leyes que defienden a los animales no humanos, estas las entrego solamente por petición, en la segunda parte de esta serie te digo cómo solicitarlas.
*Uso el término «mascotas» porque es el más utilizado en las búsquedas de Google y porque es corto en un título, aunque el nombre correcto que debes utilizar es «animal no humano», ya que la RAE define animal como «Ser orgánico que vive, siente y se mueve por propio impulso» y los humanos también somos animales. Más sobre esto en la Parte 2 de esta serie.
Escribo esta serie de artículos para las personas que tienen animales de compañía en buenas condiciones y los aman profundamente.
Si tienes animales para cría, hacinados, los maltratas o no les provees de sus necesidades, este texto no es para ti. Los protectores siempre estamos del lado del bienestar animal.
Infórmate para defenderte a ti y a tus animales
Si estás teniendo problemas con tus vecinos a causa de tus animales, debes informarte. El conocimiento te da poder y tranquilidad, así sabrás perfectamente lo que pueden y no pueden hacer. Si haces valer tus derechos y cumples con tus obligaciones, nadie se meterá contigo a menos que sea necesario.
Yo hubiera preferido usar mi tiempo en otras cosas, pero si se trata de defender a mi familia agotaré todos los recursos que tenga a la mano para su bienestar. Y nuestros perros son nuestra familia.
Quizá este artículo te parezca tedioso, pero es necesario que comprendas todo lo relacionado al tema para que nadie te apabulle. No tienes por qué leerlo todo en un solo día, puedes dividirlo para que te resulte más cómodo.
Los enlaces del texto te llevarán a las páginas y leyes mencionadas, pulsa en ellos para que se abran en una nueva ventana y puedas ahondar en la información.
Importante si vives en Ciudad de México: Registro Único de Animales de Compañía
A partir del 29 de marzo de 2024, si vives en Ciudad de México, deberás por ley registrar a tus animales de compañía en el Registro Único de Animales de Compañía.
Es gratuito y lo haces en este enlace www.ruac.cdmx.gob.mx
De no registrarlos podrías ser acreedor a una multa.
Familia Multiespecie en la Ciudad de México a partir del 2 de Marzo de 2023
A partir del 2 de Marzo de 2023, en la Ciudad de México, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México concluyó que los animales domésticos son un miembro más de la familia y reconoció legalmente el término de Familia Multiespecie, por lo tanto, las autoridades deben reconocerlos como tal.
Gracias a Alicia Romero y Jorge Corral, quienes llevaron el caso ante los tribunales durante 3 años, se consiguió esté logro para todos los animales en la ciudad.
De hecho, ya existe el proyecto de ley que cambiará el artículo 13 de la Constitución de la Ciudad de México para integrar la figura de la Familia Multiespecie.
También existe ya la propuesta para evolucionar el Registro Único de Animales de Compañía, por un documento del Registro Civil que acredite su identidad y pertenencia a una familia, tal como un hijo cuando nace. Esto también afectaría los casos de divorcio, en los que los animales también tendrían una custodia legal.
Ante esta decisión, tus animales están protegidos como parte de tu familia y tienen los mismos derechos que cualquier integrante.
Qué leyes debemos de tener en cuenta en la Ciudad de México
Los padres de animales no humanos debemos estar al pendiente de 3 leyes principalmente. Pulsa sobre cada una para ir a su página.
- Constitución Política de la Ciudad de México
- Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
- Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México
- Opcionalmente debemos tener en cuenta las jurisprudencias, es decir, las sentencias otorgadas por magistrados en tribunales locales y federales. Un ejemplo es la que acabamos de mencionar arriba sobre la familia multiespecie. Estas sentencias tienen un valor legal para citarse en PROSOC y en demandas ante todas las instancias. Y generalmente terminan reformando las leyes correspondientes.
La diferencia entre la Ley y el Reglamento es que la Ley informa de los derechos y obligaciones, mientras que el Reglamento establece las sanciones a quienes violen la ley.
En esta página de la Consejería Jurídica de la Ciudad de México vienen las leyes actualizadas. En su buscador interno escribe el nombre de la ley que buscas y verás la versión actual.
Es importante que estés al tanto de las actualizaciones de estas leyes, para estar al día en tus derechos y los de tu familia.
Leyes Supletorias
Las leyes supletorias de la LPCIDF son leyes que se deben consultar en temas condominales, para revisar su injerencia en casos legales. Son leyes auxiliares que profundizan y dan más información. Por ejemplo, la Ley de propiedad en Condominio o un reglamento condominal no pueden ir en contra de una Ley de Bienestar Animal.
Las leyes supletorias de la LPCIDF son:
- Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal
- Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal (esta es la que más nos importa).
- Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores del Distrito Federal
- Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal
- Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal
- Ley de Justicia Alternativa en la Procuración de Justicia para el Distrito Federal
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
- Código Civil para el Distrito Federal
Leyes para otros estados
Si vives en otro estado, escribe en el buscador las siguientes frases, para buscar las leyes que te correspondan y revísalas.
- «Constitución de (estado)»
- «Ley de Propiedad en Condominio de (estado)» (Revisa también sus leyes supletorias)
- «Ley de bienestar animal de (estado)».
Otras opciones son buscar las leyes directamente en estos sitios del gobierno federal:
En esta página de la Cámara de Diputados encontrarás el índice de las Leyes Federales y Estatales y sus Reglamentos. Busca las que necesites según el estado en donde vivas.
También puedes consultar las leyes federales y estatales en esta página de la Secretaría de Gobernación.
Si alguien que viva en otro estado de la República Mexicana o en otro país, desea escribir y publicar un artículo como este para su ciudad, es bienvenido en esta página. Solamente contácteme por favor, mi correo está arriba.
Curso para Administradores y Comité de Vigilancia en la PROSOC
Toda esta información la aprendí en el Curso para Administradores y Comité de Vigilancia que tomé en la PROSOC.
Es gratuito y dura 3 días seguidos. Solamente es entre semana y hay horarios por la mañana y por la tarde. La convocatoria para el mes se abre unos días antes de que finalice el mes anterior, lo más fácil es que llames al 5551285220 para que te digan la fecha de inscripción. Todos los meses hay cursos y no te piden nada para inscribirte, salvo que llenes un formato con tus datos de contacto. Los días del curso solamente debes llevar una identificación para pasar al edificio.
Puede tomarlo cualquier persona y los capacitadores son muy buenos. Además aprendes mucho escuchando las experiencias de los administradores, de los miembros de comités de vigilancia y de condóminos de otros edificios.
Sinceramente, te recomiendo muchísimo que lo tomes si tienes planeado vivir en un condominio que está registrado ante PROSOC.
Yo llegué sin saber absolutamente nada y terminé aprendiendo todo esto. Es una información invaluable para conocer nuestros derechos y obligaciones, y en mi caso, también para defender a nuestros perrijos.
Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF) y la PROSOC
En la Ciudad de México existe una dependencia que se llama Procuraduría Social (PROSOC) que, entre otras cosas, se encarga de regular la vida en condominio.
No todos los condominios en la CDMX están registrados ante la PROSOC, pero cualquier condominio puede registrarse, ya sea de interés social, interés medio o residencial. Toda esta información la encuentras en su página:
https://www.prosoc.cdmx.gob.mx/
La herramienta que la PROSOC tiene para regular la vida en condominio, es la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF) cuya última reforma es del 4 de agosto de 2023 (si consultas la ley asegúrate de que las tenga).
La página de PROSOC no tiene la ley actualizada al día de hoy –marzo 2024– 🙁 el enlace es de la PAOT.
Si el condominio donde vives está registrado ante PROSOC debe tener:
- Un administrador profesional o condómino (o varios si es muy grande).
- Un Comité de Vigilancia conformado por 2 o hasta 5 condóminos (propietarios).
- Un Reglamento Interno sellado por PROSOC después de su revisión y aprobación, y protocolizado ante Notario Público. Este reglamento debió ser elaborado y aprobado por el 51% de los condóminos (propietarios de los departamentos) en Asamblea.
- Las disposiciones del Reglamento Interno NUNCA podrán contravenir a la LPCIDF, ni a sus leyes supletorias que ya mencioné.
¿Por qué es importante conocer esto?
Porque si el Administrador, el Comité de Vigilancia o cualquiera de los vecinos te está amenazando con alguna situación por tus animales, deberás estar informado sobre varias cosas:
- Que el Reglamento Interno realmente haya sido elaborado de la forma en que la LPCIDF lo indica (Título IV, artículos del 52 al 54).
- Que el Administrador profesional o condómino, así como el Comité de Vigilancia estén legalmente constituídos (artículos del 37 al 51).
- Que el Reglamento Interno no contradiga ninguna ley.
Si estos incumplen alguna condición, puedes presentar una queja ante PROSOC.
Qué es el Reglamento Interno del Condominio
El Reglamento Interno del Condominio es el conjunto de normas que la mayoría de los condóminos fijan para una convivencia sana. Debe seguir los pasos que mencionamos anteriormente.
Sin embargo, este no debe contravenir ninguna de las leyes que estén por encima de él (esto lo dice el Artículo 9 fracción IX de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal -LPCIDF en adelante-), de lo contrario puedes presentar una queja en PROSOC.
Es importante que sepas esto, porque si el reglamento fue elaborado y aprobado por personas que no respetan los derechos de los animales, seguramente contendrá muchas cláusulas que contravienen la LPCIDF, la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal y la Constitución de la Ciudad de México que puedes impugnar.
Animales en departamento propio
Si vives en tu departamento, es propio o de algún familiar cercano que sabe que tienes animales, no hay ningún problema, seguro te apoyará.
Animales en departamento rentado
Si vives en un departamento rentado, tendrás que consultar primero con el condómino (ante la ley es el propietario del departamento) si te va a permitir tener animales, cuántos, de qué especie, en qué áreas, etc. Nunca rentes un inmueble sin haber especificado esto claramente. Porque si firmas el contrato y después metes animales sin su consentimiento, el propietario puede denunciarte por violar las cláusulas del contrato. Te estás poniendo en riesgo a ti y a tus bebés. Eso de que más vale pedir perdón que pedir permiso, no funciona con las leyes.
También deberás solicitarle al dueño el Reglamento Interno del edificio, en caso de que el inmueble esté registrado ante la Procuraduría Social (PROSOC). Si este es el caso, el reglamento Interno debe estar asentado en el Libro de Actas, sellado por PROSOC y protocolizado ante Notario Público. Si todo está en regla, revisa perfectamente qué dice con respecto a los animales de compañía. Si la Asamblea (es decir, el 51% de los condóminos) aprobó que no se pueden tener animales de compañía en el condominio, mejor ni te metas aunque el arrendador te dé permiso de tenerlos. ¡Siempre vas a tener problemas con los vecinos! Revisa también qué dice al respecto del uso de áreas comunes como el elevador, roof garden, etcétera y habla con el administrador del edificio. Ya informado, tú decidirás si te conviene o no rentar allí.
Si el condominio no está registrado ante la PROSOC y no tiene un reglamento interno porque los vecinos no están organizados, tienes más tranquilidad y aplica lo mismo que en el siguiente caso.
Si no está registrado ante la PROSOC pero tiene un reglamento interno que alguna vez se acordó entre varios vecinos, o hacen asambleas frecuentemente, nadie te podrá poner una Queja Condominal ante PROSOC, porque no están registrados allí. En todo caso podrían hacer algo solamente si hay un motivo real de hacinamiento, en el que tengas a los animales en pésimas condiciones de salud, no les des la atención que requieren o haya maltrato.
El Reglamento Interno del edificio vs la realidad
En ocasiones, el condominio tiene un reglamento interno y debido a una administración permisiva o a la falta de organización de los vecinos, este no se obedece. Si este es el caso del edificio donde vayas a rentar un departamento, consulta antes con el propietario del departamento y la administración, para que después no vayas a tener problemas con los vecinos por tus animales.
Qué tipo de mascotas puedo tener en un departamento
Siempre y cuando estén aprobadas por la ley (es decir que no sean animales silvestres protegidos), puedes tener cualquier tipo de animal de compañía. Los más comunes son los perros y gatos, pero también puedes tener hamsters y otros.
Sin embargo, el hecho de que puedas tenerlos, no significa que debas hacerlo. Antes de pensar en ti, debes de pensar en ellos. Algunas cosas que debes reflexionar antes de adoptar un animal son las siguientes:
- Tu casa tiene el espacio suficiente para tener unos, dos, tres o cinco perros.
- Un animal no debe vivir en una jaula, en una azotea, balcón, amarrado o en una caja. Piensa esto antes de adoptar.
- Tienes el tiempo necesario para atender a tus animales de compañía.
- Tendrás que bañarlos, llevarlos a estética, mantener el departamento limpio de heces y orines que causen mal olor.
- Debes ser cuidadoso en el caso de perros reactivos que reaccionen ante ciertos estímulos o a evitar que estén haciendo ruido todo el tiempo mientras no estés en casa.
- Algunos animales requieren condiciones especiales de temperatura, humedad u otras que deberás generarles para su bienestar.
- Dispones de los recursos para adquirir alimento de buena calidad.
- Destinas recursos para pagar gastos veterinarios obligatorios como vacunas, desparasitación y esterilización.
- Estás preparado para gastos imprevistos en caso de un accidente o enfermedad.
Veremos más sobre esto en la Parte 2.
Cuántos animales puedo tener en un departamento
Ninguna ley establece un número de animales por metro cuadrado de espacio, así que esto es muy relativo.
La Ley de Propiedad en Condominio establece en el artículo 21, fracción IX que está prohibido a los condóminos, poseedores y en general a toda persona y habitantes del condominio:
«Poseer animales que por su número, tamaño o naturaleza afecten las condiciones de seguridad, salubridad o comodidad del condominio o de los condóminos. En todos los casos, los condóminos, poseedores, serán absolutamente responsables de las acciones de los animales que introduzcan al condominio, observando lo dispuesto en la Ley de Protección de los Animales en el Distrito Federal;«
En ningún momento menciona cuántos perros o gatos puedes tener en tu casa, ni de qué tamaño o raza. Como ves, mientras se encuentren bien y sigas las reglas, no hay ningún problema si tienes uno o si tienes seis, ya que la ley delega esta responsabilidad al dueño de los animales.
El otro artículo de esta ley que habla de los animales es el art. 53 donde habla sobre lo que el reglamento interno puede contener. La fracción XIV dice:
«Determinar, en su caso, las medidas y limitaciones para poseer animales en las unidades de propiedad privativa o áreas comunes; así como de su uso garantizando siempre el bienestar animal, si el Reglamento de ésta Ley fuere omiso, la Asamblea General resolverá lo conducente;
Los perros de asistencia no serán sujetos de ninguna medida o limitante a las que se refiere el párrafo anterior, por lo que sus propietarios o poseedores podrán hacer uso de las áreas comunes sin restricción;«
En este artículo se da la libertad a la Asamblea (el 51% de los propietarios del edificio) de decidir las medidas y limitaciones, más nunca pueden prohibir que tengas animales. El reglamento de la LPCIDF no dice nada al respecto, por lo que deja libertad a la asamblea para decidir. Sin embargo, debemos recordar que ninguna cláusula del reglamento interno debe contravenir la LPCIDF y sus leyes supletorias y complementarias, entre las que se encuentra la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal.
Más adelante detallaré este tema.
Por qué se quejan tus vecinos de tus animales
Hay muchos factores por los que tus vecinos se pueden quejar de tus animales de compañía, y tú debes evitar darles motivos cumpliendo con tus obligaciones como dueño responsable.
La gente se puede quejar de muchas cosas, algunas de ellas pueden ser:
- Que utilices el elevador para transportarlos.
- Que salga mal olor (orines, heces) de tu departamento.
- Que hayan mordido a algún inquilino, visitante o personal.
- Que durante la evacuación del edificio por una alerta sísmica, perros de diferentes departamentos comiencen a pelear.
- El ruido que hacen aullando, ladrando o maullando todo el tiempo.
- Que se orinen o defequen en áreas comunes.
Puede haber muchas razones más, pero en este punto debes ser muy cuidadoso y analizar con honestidad, cuáles son las quejas de tus vecinos.
Si realmente tienes demasiados animales hacinados en un espacio pequeño, sin medidas de higiene adecuadas, ni los cuidados que estos requieren, entonces es muy probable que una queja proceda, por salud y por bienestar animal.
Pero estos casos son los menos. En la mayoría de los casos, lo que me he encontrado son dos factores:
- Intolerancia hacia la convivencia con los animales porque no les gustan.
- El especismo al pensar que ellos están por debajo de los seres humanos. La típica frase de «ellos son seres vivos, pero nosotros somos seres humanos«.
Cuántos vecinos se están quejando de tus perros.
Considera cuántos vecinos están en contra de tus perros o animales. Si vives en un edificio grande, es muy probable que solamente sean la minoría los que se opongan a que tengas animales o a que uses el elevador con ellos. A la mayoría no le importa y no suele meterse, y unos cuántos que sí los respeten comprenderán tu caso.
Lo que he aprendido es que en estos casos, uno no cuenta con aliados. No cometas el error de creer que los otros dueños de perros o gatos te apoyarán o que pueden aliarse contra los demás.
Además, la mayoría piensa en sus animales como «mascotas», no como miembros de su familia, y si sienten demasiada agresión algunos prefieren buscarles otra casa, que pelear por ellos. Desafortunadamente, así son las cosas.
Con frecuencia a la gente no le gusta meterse en problemas, ni defender causas que no son suyas, aunque eventualmente también se vean afectados por alguna medida. La mayoría de las veces, estás tú solo.
Este artículo es muy completo, por ello tuve que dividirlo en tres partes. Continúa leyendo la Parte 2 pulsando aquí.